El Congreso de la República de Guatemala aprobó la Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo, identificada como el Decreto 15-2026.
Esta nueva normativa, que se presentó inicialmente en septiembre de 2025, actualiza un marco legal que tenía 25 años de vigencia e incluye de forma explícita, por primera vez en la historia del país centroamericano, al sector de las criptomonedas bajo la supervisión directa del Estado.
Las plataformas de intercambio, firmas de custodia y proveedores de servicios de activos virtuales pasarán a ser considerados sujetos obligados ante la Intendencia de Verificación Especial (IVE).
La legislación deroga los decretos previos establecidos en 2001 y 2005 con la finalidad de unificar las políticas de control financiero y cumplir con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
La decisión responde a la obsolescencia de las herramientas jurídicas anteriores frente a las dinámicas del mercado actual y la aparición de nuevos activos digitales en la economía global. Con esto, las autoridades guatemaltecas buscan fortalecer la credibilidad internacional del país ante los inversores y el sistema bancario corresponsal.
A pesar de que el decreto aún se encuentra a la espera de su publicación oficial y del desarrollo de su reglamento técnico, el texto define que el enfoque preventivo se trasladará de la banca tradicional hacia el conjunto de las actividades económicas. Los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) deberán adecuar sus operaciones y asumir las mismas responsabilidades administrativas que los bancos y otras entidades reguladas.
De acuerdo con el documento legislativo revisado por KriptoNoticias, la normativa regulará actividades específicas dentro del ecosistema de las criptomonedas, tales como el intercambio, la custodia, las transferencias, la emisión de activos virtuales y la gestión de plataformas de negociación.
La fiscalización e identificación (KYC) exigida por las autoridades se aplicará estrictamente con fines de prevención de blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo, por lo que no prejuzga ni garantiza la obtención de licencias comerciales automáticas para operar.
Los proveedores regulados tendrán que inscribirse obligatoriamente ante la Superintendencia de Bancos a través de la Intendencia de Verificación Especial. El incumplimiento de este registro acarreará sanciones de carácter administrativo que van desde los 500 dólares hasta los 500.000 dólares estadounidenses, dependiendo de la gravedad de la falta.


Las firmas del sector de las criptomonedas estarán forzadas a implementar un enfoque basado en riesgo. Esto incluye la creación de un manual de prevención con políticas de mitigación de delitos financieros, el nombramiento de un oficial de cumplimiento que pertenezca a la alta gerencia y la ejecución de auditorías internas y externas de forma periódica, tal como lo exige el GAFI.
Otro de los puntos críticos de la legislación es la prohibición del anonimato en las transacciones con activos digitales. Las plataformas deberán aplicar políticas estrictas de debida diligencia o conocimiento del cliente, lo que obliga a identificar y verificar la identidad del usuario y del beneficiario final mediante fuentes confiables antes de establecer cualquier relación comercial.
Asimismo, la normativa exige que los controles sean más rigurosos cuando se procesen operaciones con tecnologías que dificulten el rastreo de los fondos.
En materia de reportes, las empresas de criptomonedas reportarán directamente a la IVE cualquier transacción inusual que carezca de fundamento económico o legal evidente a través de un Reporte de Transacción Sospechosa. De igual manera, se establece la obligación de mantener un registro diario e informar periódicamente sobre cualquier operación en efectivo que supere los 10.000 dólares o su equivalente en la moneda nacional.
La nueva ley guatemalteca pensada para mitigar el lavado de dinero y que aborda a las criptomonedas, echó por tierra la iniciativa 6538 que, como informó este medio, buscaba regular el uso de bitcoin (BTC) y otros activos digitales en el país. De hecho, la información sobre ese proyecto de ley ya no está disponible en el portal de transparencia del Congreso de Guatemala.
La adaptación al Decreto 15-2026 genera un debate en el entorno empresarial debido al incremento considerable en los costos operativos y de cumplimiento para las empresas que antes operaban fuera del radar de supervisión bajo el estándar del GAFI. La letra chica y los umbrales técnicos que regirán la operatividad diaria de los proveedores de activos digitales se definirán una vez que el Poder Ejecutivo emita la reglamentación complementaria.


